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SOCIEDAD ESPAÑOLA DE HEMATOLOGÍA PEDIÁTRICA

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SEHP
estatutos

 
Capítulo I:Denominación, Fines, Domicilio y Ámbito
Capítulo II:Junta Directiva
Capítulo III:Asamblea General
Capítulo IV:Socios
Capítulo V:Recursos Económicos
Capítulo VI:Disolución
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CAPITULO III: ASAMBLEA GENERAL

Artículo 13º:
La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación y estará compuesta por todos los socios.

Artículo 14º:
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año con motivo de la Reunión anual Científica y Administrativa; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen a juicio del Presidente, cuando la Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una tercera parte de los asociados, con expresión concreta de los asuntos a tratar.

Artículo 15º:
Las convocatorias de las Asambleas Generales, sean ordinarias o extraordinarias, serán hechas por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar el menos 30 días, pudiendo asimismo hacerse constar si procediera la fecha en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre un y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.

Artículo 16º:
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella la mayoría de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea un número de asociados con derecho a voto.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de asistentes cuando se trate de asamblea ordinaria y por mayoría de 2/3 cuando se trate de asamblea extraordinaria.

Artículo 17º:
Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:

a.- Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.

b.- Examinar y aprobar el estado de cuentas.

c.- Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.

d.- Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.

e.-Decidir las sedes, temas y organizadores de las reuniones anuales científicas y administrativas.

f.- Cualquier otra que no sea la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.

Artículo 18º:
Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:

a.- Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.

b.- Modificación de estatutos.

c.- Disolución de la Asociación.

d.- Disposición y enajenación de bienes.

e.- Expulsión de socios o propuesta de la Junta Directiva.

f.- Constitución de Federaciones o integración en ellas.

g.- Solicitud de declaración de utilidad pública.



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