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SEHP estatutos |
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CAPITULO V: RECURSOS ECONÓMICOS
Artículo 25º:
Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:
a.- Las cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias.
b.- Las subvenciones, legados o herencias que pudieran recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.
c.- Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 26º:
El límite del presupuesto anual se estima en la cantidad de un millón (1.000.000) de pesetas. La Asociación carece de Patrimonio Fundacional.
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